Ante una pandemia de las características
del COVID-19, hemos visto como los diferentes países -y sus
gobernantes- toman medidas que reflejan la preocupación por los
ciudadanos y mantienen (o no) las condiciones basales de seguridad
social. En Chile, hemos visto esas definiciones en el dictamen de la
Dirección del Trabajo respecto de descontar las remuneraciones en caso
de inasistencia al trabajo por cuarentena sanitaria, y en el Ordinario
Nº 1161/2020 de la Superintendencia de Seguridad Social, donde se señala
que los trabajadores no tendrán acceso al seguro por enfermedad
profesional por COVID-19 de forma inmediata, sino después de evaluar la
forma de transmisión. En extenso el documento señala que “dada la
entrada en fase 4 de la situación de contagio del país, las denuncias
de enfermedades no podrán ser catalogadas como de origen laboral
-excepto- cuando sea posible la trazabilidad”. Luego, en su párrafo 3,
señala: “Se recuerda que para poder establecer la trazabilidad de origen
laboral de esta enfermedad se debe poder definir el cómo, cuándo y
dónde se produjo el contagio”. Es decir, exige de forma excluyente al
trabajador y empleador demostrar el proceso en el cual la persona
adquirió el virus.
Nuestro sistema de salud, posee una
capacidad de respuesta limitada, especialmente dada por la capacidad
instalada, que podrá ser aumentada en su máximo volumen en un 15 por
ciento; es decir, con personal capacitado, equipamiento acorde al
funcionamiento de la unidad e instalaciones con un mínimo de exigencias
-como red de oxígeno-.
Después de ese momento, se deben comenzar a
utilizar estrategias provisorias para alcanzar mejor cobertura a
tratamiento por enfermedad secundaria a infección por COVID-19 como lo
ha señalado en sus guías técnicas la OMS, es por ese gran motivo que la
protección del personal sanitario es de suma importancia, y cuando éste
se enferme, se deben optimizar todos los procedimientos y atenciones
para que estén disponibles en el menor tiempo posible y así volver a
entregar las prestaciones sanitarias que la población necesite. Es por
aquello que se requiere un sistema ágil, robusto e integrado. En
resumen, todo lo contrario a lo que el Estado señala en su ordinario y
que exime a las mutualidades de entregar las prestaciones por enfermedad
profesional sin tener trazabilidad.
Hasta ahora el sistema sanitario chileno
ha sido evaluado por sus cifras generales de desempeño comparado,
claramente esta pandemia va a demostrar la fragilidad final de la
función prestadora conformada por un sistema público, privado, fuerzas
armadas y finalmente, las mutuales. Estas últimas, nuevamente pretenden
traspasar su rol de asegurador laboral al seguro social básico de cada
trabajador, y respecto de su evaluación como asegugrador no tenemos
resultados de eficiencia del sistema que nos indiquen el verdadero
resguardo de quienes generan el capital del país, y en este caso
específico, se deja al descubierto que no procurará que el personal
sanitario tenga las prestaciones que permita su reintegración en menor
tiempo y en caso que el trabajador sanitario fallezca por enfermedad
asociada a COVID-19, su familia no tendrá la cobertura de la pensión de
sobrevivencia que señala la Ley 16.744. Según reportes de países este
brote en etapa de resolución, hasta el 20 por ciento del personal
sanitario tendrá transmisión de COVID-19 y desarrollarán enfermedad
secundaria a éste, situación que debió ser alertada por el Ministerio de
Salud respecto de contemplar todas las medidas de protección del
trabajador y los derechos de salud laboral garantizados en caso de
enfermedad.
Estos últimos días se han transparentado
el número de trabajadores sanitarios con COVID-19; sin embargo, no se
señala si están con cobertura de salud laboral, tampoco el seguimiento
estricto a los contactos, es así que en casos evidentes como en el
Centro Comunitario de Salud Familiar Lastarria, en la comuna de Gorbea,
una trabajadora que se enferma por el virus, el mismo equipo señala: “No
tenemos claro cómo se contagió.
No viajó ni tuvo familiares en el
extranjero”; es decir, no hay trazabilidad, pero claramente la
transmisión fue laboral dada especialmente porque en la atención abierta
no es posible establecer o discriminar a ciudadanos por uno u otro
síntoma. En fin, la problemática está instalada y es el personal
sanitario -público y privado- que espera que sea el sistema de salud
laboral que responda adecuadamente a sus necesidades. La discusión
global respecto del sistema de salud que queremos debemos realizarla con
una mirada amplia e integradora, que incluya a las mutualidades, lo que
no podemos discutir hoy, es el acceso garantizado a derechos laborales
del personal sanitario para enfrentar esta pandemia
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